sábado, 29 de mayo de 2010

Reflexión sobre el impuesto a las sobreganancias mineras

Fuente: La República

Jorge Manco Zaconetti, profesor de la UNMSM

En el 2006 sostenía la tesis de la inconveniencia del impuesto extraordinario a las ganancias extraordinarias por razones técnicas y económicas. Me parecía que hacer diferencias en función de la rentabilidad en materia tributaria era un error. Si todas las empresas pagan la tasa del 30% de impuesto a la renta más un 2% si adopta un contrato de estabilidad tributaria me parecía antitécnico gravar a un sector por el exceso de utilidades.

Al mismo tiempo sostenía la tesis respecto al abono de regalías mineras fijadas como una contraprestación aplicada sobre el valor del concentrado como la forma razonable de participar de la renta minera. Pero el tiempo me ha demostrado que los montos captados por el fisco por regalías mineras resultan mínimos, a lo sumo llegaron a los 500 millones de nuevos soles en el mejor año (2007) y luego disminuyeron dramáticamente. Además, las grandes mineras están blindadas por los contratos de estabilidad jurídica, tributaria y administrativa herencia de las políticas económicas de los noventa.

La ley de regalías mineras como concepto teórico debía compensar a la Nación por la explotación de un recurso natural no renovable. Ahora bien, por los valores obtenidos desde el 2005 al 2009 no existe correspondencia entre la riqueza creada y lo que percibe el Estado por este concepto. Con el agravante que muchas empresas mineras asumen el abono de regalías como un asunto privado.

Por ello, seriamente se debe considerar la aplicación del impuesto extraordinario a las “sobreutilidades” mineras. El riesgo que no venga la inversión privada está sobrevendido por las empresas mineras. Es tan grande la renta minera que se obtiene en el país, y tan desigual su distribución que un impuesto temporal y extraordinario puede ser asumido con creces por el sector minero. Se requiere la necesaria voluntad política “sin arreglos bajo mesa” para imponer la soberanía del Estado sobre los recursos naturales.

Sea cual fuere el próximo gobierno, estará en agenda la aplicación del impuesto extraordinario a las “sobreganancias” para incrementar los ingresos fiscales pues resulta un imperativo nacional. El ejemplo de países mineros del primer mundo, como Australia, con un impuesto extraordinario de una tasa del 40% a las utilidades extraordinarias, así como el camino chileno de captar más de 1,200 millones de dólares por concepto del impuesto extraordinario a la minería para financiar la reconstrucción del país, coloca el tema en agenda.

Evidentemente, la Sociedad de Minería, Petróleo y Energía desplegará todos sus esfuerzos para minimizar y desprestigiar la propuesta como lo hicieron con los proyectos de regalías mineras recreando fantasmas sobre el retiro de la inversión a terceros países, en especial hacia Chile, que era un sobrecosto, que la minería entraría en crisis. Nada de esto era cierto y en el período 2004-2009 han tenido las más importantes ganancias de la historia republicana, y los ingresos fiscales siguen languideciendo.

Por ello, por la propia sobrevivencia del modelo de acumulación minero que concentra la riqueza por un lado, pero que genera una mayor pobreza para la población, con altos costos ambientales, y débil eslabonamiento industrial, resulta de necesidad pública aplicar un impuesto específico y temporal a las sobreutilidades que están obteniendo las empresas mineras.


viernes, 28 de mayo de 2010

Cancelación de deudas municipales en especies

Fuente: El Peruano

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó a una comuna limeña que efectúe el pago de tributos en especies, un modo de cancelación de deudas reconocida además por el propio Código Tributario, cuyo artículo 32 establece la posibilidad que en el caso de las municipalidades el pago y tasas se haga por este medio.

Así lo establece en la sentencia recaída en el Exp. N° 03977-2009-PA/TC, que declara fundada la demanda, la cual advertía no haberse respetado el procedimiento estipulado para dicho pago regulado por una ordenanza municipal, y que tratándose de bienes perecibles tampoco procedía dicha forma de extinción de la obligación y, mucho menos, cuando no existía una resolución firme que autorice el abono en especie. Al respecto, el colegiado sostuvo que si bien es cierto que no se podía evidenciar de manera clara los tributos cancelados con la entrega de especies anotados ni a qué período debería imputarse tales entregas como parte de pago; sin embargo, quedaba clara la existencia de un acuerdo de voluntades, celebrado de buena fe entre las partes, a fin de dar por canceladas las deudas contraídas por el demandante con la municipalidad así como la concreción de ese acuerdo. Por ello, estableció que a pesar de las limitaciones probatorias propias del amparo, preexiste una obligación de la municipalidad de formalizar el acuerdo que consta en autos y practicar la liquidación correspondiente, para luego proceder a iniciar el procedimiento administrativo de la deuda tributaria o saldo que resultase. Esto porque no se evidenciaba la existencia del requisito administrativo de determinación de la deuda, sino más bien la existencia de un proceso coactivo que por su naturaleza (ejecutabilidad) solo estaría dirigido al cobro, cuando ya se ha determinado la deuda tributaria y agotado el recurso que la ley otorga al administrado (...).

Litografía por Marc Chagall

martes, 25 de mayo de 2010

Planilla electrónica

Fuente: El Peruano

Un nuevo procedimiento para la rectificación o sustitución de la planilla electrónica, que mensualmente presentan los empleadores a Sunat, aprobó el Poder Ejecutivo mediante la RM Nº 118-2010-TR.

Según la norma, para la sustitución de la planilla (antes del vencimiento del plazo fijado) o para la rectificación de la planilla (después de vencido el plazo para su presentación), los empleadores deberán observar lo siguiente:

1. Si la declaración original se presentó utilizando el PDT-Planilla Electrónica, la declaración sustitutoria o rectificatoria debe efectuarse mediante dicho medio.

2. Se ingresan nuevamente todos los datos del concepto cuya declaración se sustituye o rectifica, inclusive aquella información que no se desea rectificar o sustituir.

3. Se dispone que la Sunat establecerá el medio, la forma y las condiciones en las que se efectuará la rectificación o sustitución de los datos correspondientes a tipo y número de identificación, y la fecha de nacimiento de los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios o personal de terceros declarados en la planilla electrónica.

Conforme a lo coordinado con el MTPE, corresponderá a la Sunat aprobar un procedimiento simple para corregir nombres, DNI y fecha de nacimiento de los trabajadores y pensionistas, a fin de permitir su atención inmediata en los sistemas de salud y pensiones, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano.

En consecuencia, el MTPE modifica el art. 3 de la RM Nº 020-2008-TR que contiene disposiciones complementarias para el uso de la planilla electrónica.

Pintura de Peter Bruegel.

lunes, 24 de mayo de 2010

Los megaconciertos crecen, pero ¿también la evasión tributaria?

Fuente: Gestión

CARMELA LOAYZA ARENAS

Treinta millones de dólares movió el negocio de los conciertos internacionales durante el 2009, y este año la cifra podría ser mayor, pues se esperan más grandes conciertos.

Sin duda, estos ingresos deberían alegrar no solo a las empresas que realizan los conciertos o a quienes asisten a ellos, sino a todos los peruanos, ya que representan una mayor recaudación de impuestos.

Sobre todo si se tiene en cuenta que, según Armando Massé, presidente de Apdayc, en cualquier evento internacional un tercio de todo lo generado es para pagar al artista, otro tercio es para impuestos y gastos y el resto es para el empresario (Gestión 18.05.2010).

Pero, al parecer, esto no siempre es así.

DEUDA IMPAGA

Fuentes del Congreso indicaron a Gestión que, según un informe presentado por la Sunat a algunos congresistas, en el periodo 2003-2008, de las 326 empresas que tuvieron actividad, el 80% ha acumulado una deuda tributaria equivalente a S/. 58 millones y, lo que es peor, el 77% de esa deuda equivale a Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas.

Muchos consideran que el auge de este tipo de espectáculos se dio a partir de la aprobación de una ley promovida por la congresista Luciana León, que logró eliminar el 15% del impuesto municipal, reducir a la mitad el Impuesto a la Renta a los no domiciliados (lo que debe pagar el artista) y bajar del 10% al 5% la tasa por derecho de autor) (Gestión 25.04.2008).

Además de impulsar el sector y permitir la llegada de grandes artistas a nuestro país, se esperaba que esta norma permitiera facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de las empresas.

Consultada por Gestión, la congresista Luciana León, promotora de la ley que rebajó los impuestos, señaló que muchas de las empresas que incumplen son las llamadas “golondrinas”, que realizan un espectáculo y desaparecen.

Según la información recibida, un 30% de las empresas que realizaron espectáculos públicos (125) se crearon en fecha cercana a la realización del evento.

MODALIDADES DE EVASIÓN

Según fuentes del Congreso, las modalidades de evasión detectadas por la administración tributaria responden a tres tipos:

La primera es pagarle al artista que viene al país un monto determinado, pero declarar a la Sunat un monto menor.

El empresario que trae a un artista tiene que informar, por lo menos, quince días antes del espectáculo qué monto le va a pagar al artista y otras condiciones y la Sunat, haciendo cruce de información, puede detectar la diferencia.

La segunda modalidad es que los ingresos obtenidos por la venta de entradas no se declaran en su totalidad. En estos casos, la Sunat controla cada entrada que se muestra al ingresar al concierto, y al día siguiente hace un arqueo y determina cuánto dinero entró, luego se contrasta con la empresa que vende las entradas, pero el contribuyente declara mucho menos.

Una tercera modalidad es que las empresas que oficialmente traen al artista y publicitan el evento no son las que se presentan ante Sunat para hacerse responsables por todo el tema tributario.

Se presentan terceros que no cuentan con el respaldo económico para hacer frente a las acciones de cobro cuando se detectan deudas impagas.

La información precisa que de 326 contribuyentes, 204 presentaron declaración de IGV y 68 declararon ventas iguales a cero, y a pesar de haber declarado deuda muchas empresas no pagan y otras declaran menos de lo que deben.

Foto: Radiohead en vivo

miércoles, 19 de mayo de 2010

Modifican Reglamento de Comprobantes de Pago

Fuente: El Peruano

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) amplió los supuestos de excepción a la obligación de sustentar con guía de remisión el traslado de bienes desde el terminal portuario del Callao a depósitos temporales.

Ahora, independientemente de la modalidad de transporte bajo la cual se realice el traslado de bienes, no se exigirá guía de remisión del remitente, ni guía de remisión del transportista en el traslado de bienes que ingresen al país desde los terminales portuarios del Callao hasta los depósitos temporales.

Esto, siempre que el traslado sea sustentado con el "Ticket de salida" emitido por el administrador portuario y que dicho documento contenga:
a) Denominación "Ticket de Salida"
b) Número de ticket de salida.
c) Número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) del sujeto que realiza el transporte. En el caso de transporte bajo la modalidad de transporte público, de existir subcontratación, el número de RUC a consignar será el del sujeto subcontratado.
d) Datos de identificación de la unidad de transporte y del conductor: número de placa del vehículo, nombre del conductor y número de licencia de quien conduce.
e) Número de los contenedores cuando corresponda.
f) Descripción del embalaje.
g) Número de bultos, cuando corresponda.
h) Fecha y hora de salida del terminal portuario.
i) Número de autorización generado por el administrador portuario para la salida de los bienes del terminal portuario.
j) La leyenda: "Traslado a depósito temporal".

Sustentación
La ampliación de los referidos supuestos de excepción se efectuó a través de la Resolución de Superintendencia Nº 141-2010/SUNAT, por la que se modifica el Reglamento de Comprobantes de Pago.
La medida fue adoptada tomando en cuenta que en mérito a la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, el puerto del Callao cuenta con un nuevo terminal de contenedores, cuya administración y explotación ha sido concesionada al sector privado.
Además, la entidad recaudadora busca de esta manera, que la excepción a la obligación de sustentar con guía de remisión el traslado de bienes desde el terminal portuario del Callao a depósitos temporales alcance a todos los administradores portuarios de los terminales portuarios de la provincia constitucional.

Precisiones
1 El ticket de salida no deberá tener borrones ni enmendaduras a efecto de sustentar el traslado de bienes que ingresen al país desde los terminales portuarios del Callao hasta los depósitos temporales.

2 El "Ticket de Salida" que se emita con la leyenda "Traslado al Terminal", podrá seguir sustentando el traslado de bienes que ingresen al país desde los terminales portuarios del Callao hasta los depósitos temporales durante 15 días.

lunes, 17 de mayo de 2010

GRECIA divulga "lista negra" de médicos evasores

Fuente: BBC Mundo

El gobierno de Grecia inició este viernes un operativo que consiste en dar a conocer a la luz pública las identidades de médicos que, según las autoridades, han evitado pagar impuestos.

El Ministerio de Finanzas publicó los nombres de 57 doctores que están acusados de evadir impuestos. A 11 de ellos, que según las autoridades son los peores infractores, se les impuso multas de varios cientos de miles de dólares.

La medida, que busca evitar el anonimato de los infractores y avergonzarlos, forma parte de una campaña para hacer frente a la corrupción generalizada y a la evasión de impuestos, factores que han contribuido al desarrollo de la crisis económica griega.

Las autoridades de Grecia advirtieron que confiscarán las cuentas bancarias de aquellos que le deben dinero al Estado.

El gobierno calcula que a través del operativo se podrá recuperar más de US$40.000 millones.

De acuerdo con el corresponsal de la BBC en Atenas, Malcolm Brabant, esta cifra corresponde al 10% de la deuda de ese país."

"Lista negra"

La decisión gubernamental está diseñada para satisfacer las demandas públicas generalizadas para que los evasores de impuestos sean castigados.

La medida también busca apaciguar los ánimos de la gente de a pie que está furiosa porque recibirán reducciones en sus salarios y deberán pagar más gravámenes, al tiempo que señalan que los ricos escaparán impunes, agregó nuestro corresponsal.

Brabant señaló que los doctores junto con los abogados y otros profesionales independientes de clase media, han sido acusados de exacerbar la crisis económica griega porque no dan recibos a sus clientes y declaran menos ingresos de los que en realidad perciben.

"Mientras esta campaña, sin duda, obtendrá el apoyo en algunos sectores de la sociedad griega también aumentará la presión sobre el gobierno para que le levante la inmunidad a los parlamentarios, prerrogativa que actualmente protege a políticos corruptos e impide acciones judiciales en su contra", concluyó Brabant.

(Este tipo de políticas cuyo objetivo es dar a conocer a los evasores tributarios pueden tener relevancia en el contexto de una crisis económica. Este tema tiene relación con lo referente al Tax Disclosure, tema ya tratado en el presente blawg: Tax Disclosure: la Publicidad de la Información Tributaria. También cabe recordar que hace un més el gobierno optó por una política similar en relación a las empresas que más deudas tenian: Le deben a la SUNAT más de S/. 6 mil millones.)

domingo, 16 de mayo de 2010

ECUADOR: Sri inauguró programa de cultura tributaria

(Esta noticia es de gran relevancia dado que es el inicio de una corriente, en el marco de un conjunto de políticas públicas, que tiene por objetivo educar a los futuros constribuyentes de un país determinado. A buena hora.)

Fuente: CORREO

(jrc).- Alumnos de diez colegios de la localidad participaron ayer en la inauguración del programa de cultura tributaria que impulsa el Servicio de Rentas Internas junto con el ministerio de Educación; el acto solemne se desarrolló desde las 08h00 en las instalaciones del Instituto Ismael Pérez Pazmiño.

Se conoció que el programa de cultura tributaria está dirigido a estudiantes de tercer año de bachillerato, a fin de que ellos conozcan todo lo relacionado con los impuestos, se fomente en ellos la importancia de tributar y los beneficios que trae para el país el cumplir con estas obligaciones.

Los colegios que participan en esta capacitación son Unidad Educativa Alexander, Instituto Tecnológico Superior Ismael Pérez Pazmiño, Unidad Educativa Hermano Miguel, Unidad Educativa Santa María, colegio Técnico Ponce Enríquez, unidad educativa Liceo Austral.

De igual manera asisten alumnos del colegio Técnico Machala, Unidad Educativa Eloy Alfaro, colegio nacional mixto Héroes de Jambelí y de la Unidad Educativa La Inmaculada, quienes participan con entusiasmo en estas jornadas de capacitación.

El programa se desarrollará hasta octubre y comprende temas como el presupuesto General del Estado, los clases de contribuyentes, el impuesto al valor agregado, el impuesto a la renta, el impuesto a los consumos especiales, registro único de contribuyentes, comprobantes de venta, infracciones, entre otros.

(En el Perú, la SUNAT ha propuesto un nuevo diseño curricular nacional en el cual se fomenta la Cultura Tributaria. Para mayores detalles: Cultura Tributaria.)

Pintura por André Butzer.

viernes, 14 de mayo de 2010

Pago del IR por venta de inmuebles

Fuente: El Peruano

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) mediante Resolución Ministerial Nº 238-2010-EF fijó el índice de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles que sean enajenados desde el 8 de mayo de 2010 por las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas.

Debido a esta medida la Cámara de Comercio de Lima (CCL) aconseja a los contribuyentes tomar entonces en cuenta que para la declaración jurada (DJ) que el vendedor debe presentar a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) y el pago del Impuesto a la Renta (IR) (5% sobre la ganancia), el valor de adquisición del inmueble debe ser multiplicado por el factor correspondiente al mes y al año de adquisición. El resultado constituirá el costo computable (valor actualizado), lo que será comparado con el precio de venta, para determinar la ganancia bruta obtenida por el vendedor.

El referido índice de corrección se podrá obtener en el portal del MEF (www.mef.gob.pe).

Declaración jurada
La CCL aconseja además a los contribuyentes no olvidar que el vendedor del inmueble gravado con el IR debe presentar una DJ a Sunat en el mes siguiente a la transferencia del inmueble.

Para el caso de inmuebles no gravados (venta de la casa habitación, por ejemplo), el vendedor debe utilizar el formato denominado "Comunicación de no encontrarse obligado a efectuar el pago definitivo del Impuesto a la Renta de segunda categoría por enajenación de inmuebles o derechos sobre los mismos".

Inmuebles gravados
A su vez, la CCL recomienda no olvidar que las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, aun cuando no sean habituales y que transfieren inmuebles están obligadas a presentar ante el notario o juez de paz, la constancia de haber efectuado el pago definitivo del IR (2da categoría - ganancias de capital).

Desde 2009 el IR por la venta de inmuebles es el 5% de la ganancia: diferencia entre el valor actualizado del inmueble y el precio de venta del mismo. Por ejemplo, si el valor de compra fue S/. 30,000, el reajuste S/. 5,000, el valor actualizado sería S/. 35,000 y el precio de venta es S/. 50,000. En este caso, la ganancia sería S/.15,000 x 5% = S/.750 (impuesto definitivo).


Opinión de Sunat
Ante una consulta institucional de la CCL, la Sunat mediante Carta N° 013-2005-Sunat/2B000 de 16-02-2005, respecto de la enajenación de inmuebles, ha opinado lo siguiente:

RUC. La persona natural que vende inmuebles gravados con el IR debe tener RUC.

"Intención de reventa". Con relación a los requisitos que deben cumplirse para acreditar que los inmuebles han sido adquiridos con la "intención" de revenderlos, la Sunat no da su opinión. Se fiscalizarán casos concretos, responde Sunat.

Casa habitación. Se considera casa habitación, cuya venta no está gravada con el IR, al inmueble que pertenezca al propietario por lo menos 2 años y no está destinado al comercio, industria, oficina, almacén.

Vivienda gravada. La casa habitación (única) que se vende antes de los 2 años está gravada con el IR(2da. categoría)

Foto: casa "boja abajo" en Polonia.

miércoles, 12 de mayo de 2010

La recaudación tributaria creció 26.6% en abril

Fuente: Gestión

Los ingresos tributarios del gobierno central ascendieron a 7,506 millones de soles en abril, cifra que representó un crecimiento de 26.6% en términos reales respecto de similar mes del año pasado, reportó la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat).

Explicó que dicho resultado está sustentado en la recuperación de la actividad económica nacional e internacional que influyó en los mayores pagos del Impuesto a la Renta del sector minero, principalmente, y en la mayor recaudación del Impuesto General a las Ventas (IGV) Total.

En términos acumulados, los ingresos tributarios del período enero – abril sumaron 22,996 millones de soles, experimentando un crecimiento real de 20.9% respecto de similar período del año anterior.

La Sunat puntualizó que los resultados de abril se reflejaron tanto en los tributos internos como en los tributos aduaneros.

Es así que mientras la recaudación por tributos internos (excluyendo las contribuciones sociales) ascendió a 6,612 millones de soles, con un crecimiento real de 23.1%, la recaudación por tributos aduaneros alcanzó 1,494 millones, con un crecimiento en términos reales de 31.6%.

Se espera que esta tendencia favorable en la recaudación continúe durante todo el 2010.

En abril las devoluciones de impuestos totalizaron 600 millones de soles, cifra que representó un crecimiento real de 4.2% respecto a similar mes del año anterior.

De acuerdo a estos resultados, las devoluciones acumuladas en el período enero – abril totalizaron 2,530 millones de soles, registrando un incremento real de 9.5% respecto de similar período del 2009.

ANDINA – 12/05/10

Pintura por Yang Yongsheng.

sábado, 8 de mayo de 2010

No modificarán cronograma de reducción del 'drawback'

Fuente: El Comercio.

La ministra de Economía, Mercedes Aráoz, informó que el cronograma de reducción del “drawback” no se modificará y reiteró que en junio este beneficio bajará de 8% a 6,5% de los impuestos pagados.

Aráoz comentó que su despacho ha recibido consultas informales de representantes de Colombia y Chile sobre por qué el Perú está otorgando un beneficio tan alto a sus exportadores. “Ellos afirman que estas medidas están en contra de lo acordado a nivel de la Organización Mundial del Comercio (OMC)”, resaltó.

PERMANENCIA
Cabe indicar que la Asociación de Exportadores (ÁDEX) ha solicitado mantener la tasa de 8% durante lo que resta del presente año. El ministro Martín Pérez sostuvo que antes de mantener el “drawback” en los niveles actuales se debe analizar si los problemas que justificaron tal hecho se mantienen.

A su vez, Alfonso García Miró, presidente de Cómex, sostuvo que relacionar la permanencia del “drawback” con la crisis es restar el carácter técnico a esta medida y caer en lo político.

“Además, toda medida de carácter temporal debe permanecer como tal”, sostuvo.

SEPA MÁS
El “drawback” permite que los exportadores recuperen los impuestos de importación que pagan por sus insumos.

A fines del 2008, la tasa del “drawback” pasó de 5% a 8%.

Pintura por Zeng Fanzhi.

jueves, 6 de mayo de 2010

Sunat en alerta por repunte de ventas por el Día de la Madre

Fuente: El Comercio

El esperado repunte de ventas generado por la campaña del Día de la Madre ha motivado que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) active una operación para supervisar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de comercios, centros comerciales, restaurantes y empresas de servicios.

El ente recaudador informó que las operaciones de fiscalización se iniciaron el pasado martes. Estimó que 2.000 establecimientos serán verificados por más de 170 funcionarios que ya se encuentran en las principales zonas comerciales de la capital.

PROYECCIONES
El énfasis que Sunat le ha dado a la presente campaña por el Día de la Madre se debe al inusitado repunte de ventas que registran los comercios del país.

Al respecto, Juan José Calle, presidente de la Asociación de Centros Comerciales del Perú (Accep), estimó que dados los buenos resultados observados hasta la tarde de ayer, las ventas de este sector crecerían en 12% respecto al año anterior.

“Las cifras son muy buenas a comparación de lo que vimos en el 2009. Pero debemos tener en cuenta que parte de este resultado se debe a que durante los últimos 12 meses se han incorporado más áreas comerciales a la actividad, como en Plaza San Miguel”, explicó.

Durante el 2009, año en que el país hacía frente a los embates de la crisis internacional, las ventas de los centros comerciales crecieron solo en 5%, según informó Accep.

GAMARRA
Similar repunte de la actividad se experimenta en el polo de Gamarra. Diógenes Alva, presidente de la Coordinadora de Empresarios de Gamarra, informó que desde hace dos semanas las galerías de esta zona de La Victoria están abarrotadas de mayoristas que abastecen los comercios textiles del interior del país.

“En estos días, la venta es principalmente minorista, pero las galerías siguen llenas. Según va la campaña hasta hoy [ayer], creo que las ventas en Gamarra superarán en 10% a las del año pasado”, estimó.

SUNAT
En razón a este repunte de ventas, Antonio Peña, jefe de la División de Operaciones Especiales contra la Informalidad del ente recaudador, informó que en esta campaña Sunat está ampliando la fiscalización a negocios como pequeños restaurantes, peluquerías y delivery.

“No solo verificaremos la entrega de comprobantes, sino que haremos arqueos de caja en plena actividad, control de boletaje en las galerías y pesquisas de boletas de ventas entre compradores”, afirmó.

Peña recalcó que las sanciones a los comercios infractores pueden llegar hasta el cierre del local.

LAS CIFRAS
5%
Fue el crecimiento de las ventas del comercio durante la campaña del Día de la Madre del 2009.

US$200
Millones serían las ventas totales de las galerías comerciales de Gamarra en este año.

10%
Se incrementarían las ventas de los supermercados en la campaña de este año.

US$120
Millones sería la facturación total de ventas en electrodomésticos para la presente campaña.

SEPA MÁS
Sunat incluirá en la verificación a los restaurantes, donde se ha registrado un repunte de incumplimiento tributario, apuntó Antonio Peña, de la Sunat.

La fiscalización de esta campaña también incluirá a las empresas de delivery, tanto de regalos como de comida.

También estarán fiscalizados los centros de entretenimiento, las discotecas, y negocios de servicios varios.

Sunat solicita la colaboración de los consumidores para que presenten las boletas que se solicitarán en las puertas de los comercios.

Pintura: "After De Vinci: Mona Lisa" (2002) del genial Yin Xin.

miércoles, 5 de mayo de 2010

Tesoro de EE.UU. defiende impuesto contra los bancos

Fuente: El Comercio

WASHINGTON [DPA].El secretario del Tesoro estadounidense, Timothy Geithner, urgió ayer a los legisladores a apoyar un controvertido impuesto bancario para recuperar al menos 90.000 millones de dólares de la ayuda financiera que los contribuyentes brindaron a la industria financiera durante la crisis iniciada en 2008.

En su testimonio ante el comité de finanzas del Senado en Washington, Geithner indicó que es necesario un impuesto durante 10 años. La intención es que las compañías con poco capital y que asuman mayores riesgos paguen más impuestos.

Los fondos de ayuda costaron al Gobierno menos de lo que estaba previsto, debido a que muchas compañías financieras ya reembolsaron los préstamos. Investigadores del Congreso estiman que el costo final de la medida será de entre 109.000 y 117.000 millones de dólares. Además, el Senado está considerando forzar a los bancos a integrar un fondo de 50 mil millones de dólares como seguro para asumir futuras crisis financieras.

“El impuesto es prematuro, tanto desde el punto de vista legal como económico”, afirmó Steve Bartlett de la Financial Services Roundtable, que agrupa a lobbistas de la industria financiera.

EN PUNTOS
EE.UU. y los países de Europa Occidental desean que los tributos se apliquen en todo el mundo.

Países en vías de desarrollo se resisten a imponer tributos a sus propios bancos.

Foto: US Bank Tower, L.A.

lunes, 3 de mayo de 2010

Pedagogía tributaria

Fuente: DÍA1

Por: Sandro Fuentes Abogado

La informalidad en que vivimos, de larga data, proviene de una vocación profunda por ignorar la ley, la autoridad y hasta preferir el caos al orden. Se ve en el tráfico vehicular limeño; en un espectáculo público; en la suciedad de las calles y en el total desprecio por las obligaciones mínimas, como pagar impuestos.

Algunos idealizaron la informalidad hasta casi hacerla un modelo moderno de Estado, moda ideológica felizmente superada pero que, al final, está mostrando su peor ángulo: la ausencia de reglas comunes. Da lo mismo si la informalidad es la respuesta natural a un Estado colapsado o si es un problema de idiosincrasia imposible de revertir. Los expertos dirán que hay de ambos.

Creo que la cultura tributaria, por ejemplo, no va a surgir espontáneamente. No es una respuesta natural de la humanidad pagar impuestos ni sería real hacerlo gritando de contento. Pero, tampoco es racional despreciar a la comunidad y no darle los recursos materiales para subsistir como tal.

Todo esto a propósito de —según los enterados— una política pedagógica que la Sunat y su jefa emprenderían pronto a fin de que las obligaciones tributarias entren en la lógica ciudadana, es decir, en la formación de futuros ciudadanos. Es indudable que la Sunat tiene otras misiones más importantes y complejas que repartir educación cívica (algunos dirán que eso no le corresponde), pero hay que convencerse de que, si no lo hace la Sunat, no lo hará nadie y seguiremos en este mar de informalidad “vocacional”, con algunas generaciones militando en ella.

Es cada vez más difícil entender por qué no contamos con las organizaciones que cumplan sus deberes con eficiencia y celeridad (pero siempre se espera que sea otro el que lo haga). Si la Sunat y el Ministerio de Educación pueden organizarse para acometer esta tarea de largo plazo, para introducir ideas tan simples como que para exigir derechos es necesario cumplir las obligaciones, les deberemos a ellos un cambio cualitativo en la nación. Ojalá se pueda.

Pintura: "Fat white boy with his dad" por Liu Xiaodong.