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viernes, 24 de septiembre de 2010

Inicia declaración de predios 2009


Fuente: El Peruano

Este lunes 27 inicia el cronograma de vencimientos de la Declaración de Predios correspondiente a 2009, destinada a facilitar la fiscalización de las rentas de primera categoría de los propietarios de predios, así como de cualquier incremento patrimonial no justificado por parte de la administración tributaria.


Según la RS Nº 177-2010-SUNAT, se encuentran obligados a entregar dicha declaración hasta el 11 de octubre próximo, según el último dígito del RUC, todas aquellas personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que al 31 de diciembre de 2009 sean propietarias de dos o más predios cuya suma del valor de autoavalúo supere los 150,000 nuevos soles.

De igual modo, si poseen un predio cuyo valor de autoavalúo sea mayor a los 150,000 nuevos soles, siempre que este hubiera sido subdividido o ampliado, para cederlo a terceros, y que las distintas subdivisiones y/o ampliaciones no se encuentren independizadas en Registros Públicos. También si son propietarios de dos o más predios de cualquier valor, destinados a uso comercial.

Formatos aprobados
Para presentar su Declaración de Predios puede utilizar el Formulario Virtual 1630 o el Programa de Declaración Telemática-PDT 3530, ambos medios los encuentra en Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe)

Al respecto, el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano, explicó que la declaración de predios es una declaración informativa a la administrtación tributaria y no genera pago de impuestos alguno, pero le sirve al ente recaudador fiscalizar el cumplimiento del impuesto a la renta de primera categoría (como el arrendamiento) y verificar incrementos patrimoniales no justificados.

Tener presente
1 En esta declaración deberán indicar los predios que se encuentren en su patrimonio al 31 de diciembre, así como la información relativa a los mismos. La declaración es anual y de tipo “informativa” y tiene carácter de declaración jurada.

2 ¿Qué información se debe declarar? a) Sobre el declarante: datos de identificación del declarante; tipo de declarante (persona natural, sociedad conyugal, sucesión indivisa o representante de menores de edad o incapaces); condición de domicilio (domiciliado o no domiciliado); y, datos de identificación del cónyuge, de ser el caso. b) Sobre los predios del declarante: cantidad; ubicación; datos de adquisición; valor y uso del predio (casa habitación, alquiler, cesión u otros), y otras características del predio.

3 Se considera como valor del predio el monto del autoavalúo correspondiente al año en que se presenta la declaración, es decir, para la declaración de predios 2009 se considera el valor de autoavalúo de 2010.

+Más: Todo sobre la Declaración de Predios AQUÍ.

Pintura por F. Bacon.

lunes, 16 de agosto de 2010

Grandes negocios pagan menos impuesto predial que ciudadanos

Fuente: Gestión

SONIA GILVONIO M.

Desde hace ya algún tiempo, Lima Cercado ha dejado de ser uno de los ‘patitos feos’ entre los distritos para los inversionistas; diversas zonas han empezado a mostrar un dinamismo comercial.

Pero el municipio limeño, al igual que los otros de la capital, no se benefician en la medida que -quizá- deberían, porque el impuesto predial que recaban registra ineficiencias.

En diálogo con Gestión, Saúl Barrera, jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Municipalidad de Lima, explica que la actual dinámica comercial, que se ve traducida en el movimiento inmobiliario, sí refleja el valor de mercado en las transacciones, pero el valor oficial para la determinación del impuesto predial está estancado desde hace mucho.
"El impuesto predial que se paga en el Perú realmente es muy bajo, y eso que es solo en comparación con los países latinoamericanos. Son diversos los motivos, como la baja valorización oficial que se da a los predios y la aplicación de una tasa uniforme para todos, sin tener en cuenta su uso", apuntó.

Metodología

De acuerdo con la metodología actual del impuesto predial, el valor del metro cuadrado de un techo de material noble de una vivienda en Comas o Villa El Salvador se valoriza más, justamente por ser de material noble, que el metro cuadrado de techo prefabricado de tiendas comerciales o grandes supermercados, porque es material prefabricado; no se hace una diferenciación en su uso.

"Esas mismas empresas, con esas mismas estructuras, en otros países de Latinoamérica pagan más predial", dijo.

Actualización

La legislación vigente se aprobó a inicios de los años 90, sin embargo, agrega Barrera, replicó (en grandes rasgos) lo que ya existía anteriormente, en los años 80 y 70.

Entonces, apunta, la metodología de valorización de los precios debería actualizarse y, por otro lado, habría que pensar en un esquema de tasas más flexibles y diferenciadas.
Menciona que algunas experiencias exitosas en otros países se han logrado autorizando que los municipios cuenten con un rango de tasas para el impuesto predial, y así estos puedan aplicar la tasa más adecuada de acuerdo a sus necesidades y diferencias, para que –por ejemplo– los predios industriales tengan una tasa distinta a un predio de vivienda.

Las mayores recaudaciones del SAT son por impuesto de alcabala y el impuesto vehicular, luego el predial. Este año la recaudación total se estima llegará a los S/. 533 millones.

Transacciones

En cuanto a la dinámica en las transacciones de inmuebles en el Cercado, el interés se ha despertado por oficinas, centros comerciales y restaurantes.

Barrera comenta que en términos de recaudación ocupa el quinto lugar del ranking de los distritos limeños.

A julio, información del SAT detalla que el ranking lo encabeza Santiago de Surco con un monto recaudado de S/. 19.52 millones, luego siguen San Isidro, Miraflores, La Molina y Cercado de Lima. Este último recaudó a julio S/. 10.10 millones y espera terminar el año con una recaudación de S/. 17 millones.

cifras&datos

- A partir de ahora, inscribiéndose en ‘Pitazo SAT’, podrá recibir información en su celular cuando ingrese una multa por alguna infracción cometida con su vehículo.

- El no pago de una multa de tránsito, o impuesto vehicular lleva en última instancia, al embargo del vehículo. Pero del 100% que ingresa al depósito, un 98% sale a las 24 horas siguientes.

en pocas palabras

Se cobran siete de cada diez multas

Las multas vehiculares en Lima se han reducido respecto al año pasado, señala Saúl Barrera, jefe del SAT, quien agrega que el nivel de efectividad del cobro por parte del SAT se encuentra en un 75%, es decir, de cada diez papeletas que se imponen, 7.5 son canceladas.

"Existe un nivel de imposición, porque puede ser que alguien tenga 20 papeletas pero solo pagó 18. Además, el marco normativo dispone que el SAT ejecute las multas aplicadas, pero no puede evitar que el vehículo siga circulando", dijo.

El jefe del SAT recuerda que la entidad no impone las sanciones, por ley las ejecutan, pero hay personas que vinculan la imposición con la cobranza, y llegan con una carga ‘negativa’, con reclamos de abuso en la aplicación de la sanción.

Acelerando soluciones

El SAT se ha convertido en la única entidad pública en Latinoamérica en lograr una certificación internacional de su Carta de Servicios, un mecanismo cuyo uso es muy común en las entidades públicas europeas.

La Carta de Servicios es un documento en el que figuran 14 compromisos de calidad que asume el SAT de Lima para ofrecer una mejor atención a los ciudadanos en los servicios ofrecidos, los cuales se implementaron a comienzos de año.

Han recogido recomendaciones realizadas por la empresa española Aenor, que les otorgó la certificación, para efectuar algunos ajustes en estos compromisos.

Pintura por Luke Elwes.