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viernes, 10 de diciembre de 2010

La Sunat demanda a empresa que distribuyó notificaciones

Fuente: El Comercio

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) informó que ha demandado a la empresa que brindaba servicios de entrega rápida durante los años 2008 y 2009.

Voceros del ente recaudador afirmaron que se denunció a tal empresa ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

Prefirieron mantener en reserva el nombre de la firma debido a que tales procesos están en curso.

En la Sunat recalcaron también que los fallos en el sistema de envíos de notificaciones solo se produjeron en los años 2008 y 2009. Descartaron incidencias durante este año.

A raíz de este problema hemos replanteado el sistema de entregas de notificaciones. Ahora son alcanzadas a los contribuyentes mediante correo electrónico al buzón del sistema on line (SOL) de Sunat, por mensajes de texto al celular del contribuyente, directamente por funcionarios de la entidad, un servicio motorizado tercerizado dirigido a los principales contribuyentes y llamadas telefónicas”, explicaron.

La Sunat espera entregar 12 millones de notificaciones. “De dicho total, se entregarán 3,5 millones por courier”, precisaron.

EN LIMA Y CALLAO
Los voceros de Sunat informaron que los problemas con las notificaciones de los años 2008 y 2009 ocurrieron en Lima y el Callao.

Especialistas tributarios dieron cuenta de que una cantidad no definida de contribuyentes planteó quejas ante el Tribunal Fiscal contra Sunat, por sanciones originadas en notificaciones no recibidas.

Pintura: "The Misunderstood" por Man Ray.

jueves, 9 de diciembre de 2010

Sunat inició miles de cobranzas coactivas sin enviar notificación

Fuente: El Comercio

Por: Alberto Limache

Un serio problema se ha presentado con un número aún no determinado de contribuyentes, principalmente pequeñas y microempresas. Especialistas tributarios dieron cuenta de que se están realizando reclamos masivos contra las cobranzas coactivas de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), originadas en notificaciones que los contribuyentes no recibieron.

Los abogados explicaron que la Sunat creyó haber entregado notificaciones y como no recibió respuesta, inició procesos de cobranza coactiva.

Los casos se produjeron entre el 2008 e inicios del presente año, generando reclamos ante el Tribunal Fiscal. A la fecha, un 80% de los reclamos en el Tribunal Fiscal está relacionado a tal problema.

ALEGATOS

El tributarista Miguel Ángel Torres, del Estudio Torres y Torres Lara, afirmó que en este año se ha realizado, ante el Tribunal Fiscal, una cantidad no precisada de reclamos con un alegato común: “[Los contribuyentes] dicen que nunca fueron notificados o no sabían nada”.

Cabe indicar que la Sunat notifica a los contribuyentes para corregir errores en la presentación de información, o cuando estos han cometido alguna infracción.

Los contribuyentes tienen 20 días hábiles para subsanar la falta, o presentar sus descargos.

EN EL TRIBUNAL

El tributarista Torres explicó que en las confrontaciones ante el Tribunal Fiscal, la Sunat no pudo certificar –mediante un cargo físico– que efectivamente se realizaron tales notificaciones. “Ello indica que el aviso nunca se hizo llegar al contribuyente, es decir, que existe un problema en la distribución física de tales documentos”, explica.

Respecto a ello, voceros de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) confirmaron que efectivamente ello sucedió. Indicaron que la Sunat informó sobre este problema a sus asociados en el 2008.

LÍOS DE COURIER

Voceros de la Sunat admitieron que, efectivamente, se presentaron problemas en las notificaciones del 2008, 2009 y parte del presente año.

En muchos casos, afirmaron, se descubrió que la empresa courier contratada ni siquiera había visitado a los contribuyentes, o falsificaron firmas.

“En otros casos, las empresas que se contrataron en aquella oportunidad demoraban hasta 8 meses en entregarnos los cargos, es decir, el documento con firma y DNI del contribuyente que asegure que se le informó”, precisaron.

En la Sunat atribuyeron este problema a que el Sistema de Contrataciones del Estado obliga a que los entes públicos contraten a quien ofrezca el menor precio. “Recién a inicios de este año, hemos contratado a un proveedor especializado en notificaciones”, señalaron.

Aseguraron que se ha iniciado el ajuste de las notificaciones sin cargo, y desde noviembre, todas están confirmadas.

Pese a ello, queda pendiente el problema de los dos años previos. “Podemos afirmar que se han regularizado 410.000 casos, evitando que muchos lleguen al Tribunal Fiscal”, explicaron.

ESPECIALISTAS

Mónica Byrne, tributarista del Estudio Rubio Leguía Normand, afirmó que resultaría grave confirmar casos de falsificación de firmas o dolo de información en este proceso. “La notificación ideal es la que tiene un acuse de recibo real”, afirmo.

Por su parte, Luis Castro, director del Instituto Peruano Contable y Tributario, afirmó que este problema también afecta a otras entidades tributarias, como las municipalidades.

PARA TENER EN CUENTA

Recomendaciones

1 Clave SOL

Todos los contribuyentes tienen un correo electrónico asignado a su cuenta en el Sistema On Line (SOL) de la Sunat, que debe ser verificado frecuentemente. Sunat usualmente replica sus notificaciones físicas por esta vía.

2 Oportunidad

El tributarista Luis Castro sugiere a los contribuyentes actuar inmediatamente ante una comunicación de la Sunat, sea justificada o no. Solo se tienen 20 días para defenderse ante una posible multa.

3 Importancia

El tributarista Miguel Ángel Torres explica que muchos casos reclamados se deben a que los contribuyentes no le dieron importancia a las comunicaciones de la Sunat. “Todo pedido del ente recaudador es importante”, afirma.

4 Recepción

La tributarista Mónica Byrne recordó que en las entregas de la Sunat ahora se toman datos de quien las recibe en el domicilio fiscal del contribuyente, así sea el dueño del negocio o del conserje del local.

Fotografía por Man Ray.

sábado, 2 de octubre de 2010

Notificarán por internet a los deudores tributarios

Fuente: El Peruano

A partir de la fecha, los deudores que incumplan con el pago de sus obligaciones tributarias serán notificados por medios electrónicos, al ponerse en vigencia la RA Nº 234-2010-Sunat. Al respecto, Eduardo Mora, Intendente Nacional de Cumplimiento Tributario de la Sunat, nos explica los alcances de este nuevo servicio de operaciones en línea de la administración fiscal.


¿Por qué vía electrónica?
–La Sunat, alineada a una moderna visión de Estado, cuyo objetivo es incrementar la eficiencia y eficacia de la gestión pública, ha venido implementando progresivamente, desde 2008, esta forma de notificación por medio electrónico (Notificaciones SOL). A la fecha son más de 176,000 documentos notificados por este medio que corresponden a los procesos de devoluciones, fraccionamiento y detracciones. Estos desarrollos no solo permiten una optimización de los procesos, sino que además se lleva a cabo procesos ecológicamente más eficientes fomentando la reducción en el consumo de papel, asociados al proceso de impresión, y disminuyendo el volumen de desplazamientos para su notificación física, aportando así en la menor utilización de recursos naturales y contribuyendo con el medio ambiente.

¿Cómo se entera el contribuyente de la orden de pago?
–El artículo 104° del Código Tributario regula las formas de notificación, dentro de ellas podemos señalar la notificación en el domicilio fiscal con acuse de recibo, y la notificación por medio electrónico. En el caso de la Sunat, de acuerdo a la RA N° 234-2010/SUNAT, a partir de la fecha también podrá notificar electrónicamente las órdenes de pago a aquellos que no han pagado oportunamente sus obligaciones mediante Notificaciones SOL.

¿El fin del medio físico?
Se irá implementando progresivamente, iniciándose con aquellos contribuyentes que correspondan al directorio de Principales Contribuyentes que no cumplan con el pago de sus obligaciones dentro del vencimiento. Para ello, se ha efectuado una campaña de difusión directa respecto de esta forma de notificación para este segmento de contribuyentes, que representan aproximadamente 5% del directorio.

¿Cómo funciona?
Vencido el plazo para el pago de la obligación tributaria la Sunat ejecuta un proceso informático mediante el cual, sobre la base de las declaraciones presentadas y pagos realizados, obtiene el saldo pendiente de pago. Este importe origina que se emita una orden de pago la que es depositada en el buzón electrónico habilitado en SOL que es una sección dentro de Sunat Operaciones en Línea asignado al contribuyente.

¿Qué recibe el deudor?
–Recibe copia del documento emitido y una constancia de notificación del documento. Adicionalmente, se ha habilitado una opción de verificación del documento que le permite al interesado validar su origen e integridad.

¿Cómo se genera la deuda tributaria?
Cuando se deja de hacer el pago de la obligación tributaria dentro del plazo establecido. En estos casos, la Sunat emite una orden de pago, que es el acto en virtud del cual la Administración exige al deudor tributario la cancelación de la deuda tributaria. Este documento solo es notificado a aquellos que no han cumplido con el pago de sus obligaciones tributarias en el plazo establecido.

Obligaciones
1 La obligación tributaria, que es de derecho público, es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario, establecido por ley, que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente.

2 Un aspecto que genera muchas confusiones se refiere al nacimiento y exigibilidad de estas obligaciones, ¿en que se diferencian?

3 La obligación nace cuando se realiza el hecho previsto en la ley, como generador de dicha obligación; y, es exigible, cuando es determinada por el deudor tributario (autoliquidada) desde el día siguiente al vencimiento del plazo fijado, según cronograma de vencimiento fijado por la Sunat.

Ready-made por
M. Duchamp.