viernes, 27 de agosto de 2010

Sunat regula devolución del ISC a los transportistas

Fuente: El Peruano

La Sunat aprobó la forma y condiciones para que los transportistas de carga y pasajeros puedan solicitar la devolución del 30% del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) pagado en la compra de petróleo diésel, conforme a la Ley N° 29518 y a su reglamento (DS N° 145-2010-EF).


La Ley N° 29518 dispuso que a partir de la publicación de su reglamento, y durante tres años, dichos transportistas tendrán derecho a la devolución del 30% del ISC que forma parte del precio de venta del petróleo diésel adquirido para el suministro a sus unidades.

Sobre el particular, la Sunat, mediante la RS N° 245-2010-EF, dispuso la forma y condiciones para que los transportistas puedan solicitar tal beneficio, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano.

Entre ellos se precisa que el transportista autorizado por el MTC presentará el formulario 4949 Solicitud de devolución. Aunque, previamente a la solicitud de devolución, el transportista deberá presentar la información que acredite la compra del petróleo diésel. Esta información se presenta en disquete, disco compacto o una memoria USB.

Para presentar la información que acredite la compra del petróleo, el transportista deberá de utilizar el aplicativo informático PVS Programa Validador de Sunat-Ley N° 29518, disponible en Sunat Virtual.

Cuando el transportista o su representante se apersone a Sunat para realizar el trámite, será obligatorio que se identifique con el original del DNI. Si la presentación del pedido es realizada por un tercero, este deberá identificarse con su DNI y además presentará una copia del DNI del transportista o su RUC, además del poder legalizado por notario o fedatario de Sunat.

Pintura por Max Ernst.

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