martes, 4 de enero de 2011

Piden más acuerdos para evitar la doble tributación


Fuente: El Peruano

Paul Herrera Guerra

El Perú debe avanzar en la aprobación de más acuerdos para evitar la doble imposición o tributación, recomendó el tributarista Guillermo Grellaud, socio principal de KPMG en Perú, quien a continuación detalla las perspectivas tributarias en la materia para 2011 y lo que podría constituir la agenda legal impositiva para este año.

¿Cómo observa el sistema tributario y qué propone mejorar?
Representantes de gremios empresariales, profesionales especializados en contabilidad y abogados tributaristas analizamos en un foro organizado por la Cámara de Comercio de Lima, las principales necesidades en la materia. Partiendo de que tenemos un sistema tributario bueno, básicamente con cuatro impuestos: a la renta, general a las ventas, selectivo al consumo y aduaneros, encontramos algunos aspectos que deben mejorarse y modificarse en la normatividad tributaria por lo que elaboramos una lista de propuestas. Es más, se concluyó que parte del crecimiento económico que experimentamos responde a que tenemos un sistema tributario muy limpio y atractivo donde el nivel del IR es razonable al igual que el de IGV; además las tarifas arancelarias cada día bajan más y van a desaparecer mientras más acuerdos de libre comercio haya. El sistema es bueno, pero las leyes deben ser revisadas.

¿Se le envió al Congreso?
La Comisión de Economía del Congreso, a través del Dictamen del Proyecto de Ley Nº 4098-2009-CR, las aprobó e implican –por ejemplo– modificaciones al Código Tributario y a la Ley del IR. (Ver propuestas). No se busca eliminar impuestos, reducir tasas, otorgar exoneraciones ni beneficios que afecten la recaudación.

¿Qué recomienda a los tributaristas ante el escenario actual?
Con el crecimiento del país, los grupos económicos peruanos también crecen y se modernizan. Después de haber sido un país solo receptor de inversiones de pronto nos estamos convirtiendo en un país exportador de inversiones. Hay empresas peruanas que invierten en el exterior, que sin duda tienen que planear bien sus operaciones, por lo que el planeamiento internacional tributario resulta vital. Los tributaristas asesores de estas empresas deben ayudarlas a coordinar bien el destino de sus inversiones y a aplicar legalmente de la mejor manera y con la mejor ventaja los acuerdos para evitar la doble imposición entre países. El Perú tiene pocos acuerdos en comparación con EE UU y los países europeos. Y el mundo apunta a evitar la doble imposición. En la medida que un país carezca de estos acuerdos, estará condenado a no recibir inversiones.

¿El Perú debe suscribir entonces más de estos acuerdos?
Esa es la tarea pendiente de las autoridades. Debemos avanzar en la aprobación de más acuerdos para evitar la doble imposición.

Tribunal Fiscal
¿Cómo percibe la labor del Tribunal Fiscal?

Desarrolla una muy buena labor, pero está agobiado, la carga de expedientes que tiene por resolver es espantosa. Se han instalado nuevas salas, pero eso no es suficiente. Debe designarse en la administración tributaria a un intendente de reclamaciones que no sea el mismo intendente de determinaciones para que efectivamente la instancia de reclamaciones sea una instancia de resolución razonada y así evitar que el contribuyente acuda a este colegiado. Con eso se evitaría también el aumento de la tremenda carga de expedientes y la creación de más salas para este tribunal.

Propuestas
- Autorizar al obligado a compensar automáticamente los pagos de excesos y créditos no usados con otros impuestos que se adeude, sin perjuicio de su posterior fiscalización por la Sunat.
- Suspender los intereses moratorios cuando el Tribunal Fiscal no cumple con resolver las apelaciones después del plazo que la ley dispone para ello.
- Las multas deben fijarse con base en la UIT y no deben tener fin recaudatorio.
- Precisar que serán deducibles del IR los gastos cuyos comprobantes de pago reúnan los requisitos mínimos fijados, en tanto se demuestre que las operaciones son reales.
- Establecer como causal de queja que pueda formular el contribuyente por el inapropiado uso de facultades discrecionales del funcionamiento fiscal.
- Suprimir la facultad de Sunat para impugnar ante el PJ fallos del Tribunal Fiscal.
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Pintura por Regina Woeste.

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