martes, 21 de diciembre de 2010

Dejan en suspenso el proceso de integración de las bolsas


Fuente: El Comercio

Por: Luis Davelouis Lengua

La Bolsa de Valores de Lima (BVL) y la Caja de Valores y Liquidaciones (Cavali) solicitaron la suspensión de su participación en el proyecto del Mercado Integrado Latinoamericano (MILA), hasta que no se apruebe un proyecto de ley que, entre otras cosas, modifica el impuesto a las ganancias de capital en la bolsa.

“[Dicha norma] llena los vacíos que deja la actual ley de impuestos a las ganancias de capital pues, al convertir a Cavali en el agente retenedor del impuesto y al determinar para el mismo una tasa plana de 5%, hace viable y práctico su cumplimiento”, explicó la asesora legal de la BVL, Silvia Muñoz.

Pero nadie lo vio venir. Hasta hace solo una semana, en la BVL seguían confiando en que el proyecto de ley presentado en julio ante la Comisión de Economía del Congreso –con el comentario favorable del Ministerio de Economía (MEF), la Conasev y varios gremios empresariales– sería aprobado antes de fin de año, para poder continuar sin problemas con el cronograma del proceso de integración con las bolsas de Chile y Colombia que empezó en noviembre. Pero no fue el caso y ahora el futuro inmediato del MILA está en juego.

“Primero nos dijeron que el proyecto sería debatido hacia fines del año para agruparlo con otras normas de tipo tributario; luego que sería debatido tras ser aprobada la ley de presupuesto y más tarde nos dijeron que se vería en diciembre y tampoco se hizo”, comentó el gerente general de la BVL, Francis Stenning.

Para él, no solo se trata de un tema tributario, sino también de operatividad y logística. La ley sin aprobar incorpora la figura de las cuentas ‘ómnibus’ (o colectivas), que facilitan la liquidación y fiscalización de las operaciones entre las bolsas. Además, al centralizar en Cavali la retención del impuesto, le facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los inversionistas locales y extranjeros.

“Imagínese a un inversionista extranjero llenando su formulario y acercándose a la Sunat para pagar sus impuestos por cada operación que realice o nombrando un representante legal que lo haga por él [...]. Que lo haga Cavali, que tiene cómo calcularlo y retenerlo, es mucho más eficaz”, sostuvo Roberto Hoyle, presidente de la Bolsa de Valores de Lima.

El gerente general de Cavali, Víctor Sánchez, lamentó la situación: “Será muy difícil que ese impuesto se pague porque ni siquiera se han dado las pautas para poder calcularlo de forma correcta [...]. Sin la ley estamos perdiendo una gran oportunidad como plaza bursátil y mantenemos muchos obstáculos a la operatividad de la negociación”.

Hoyle coincidió: “Todos, incluyendo el Poder Ejecutivo, estamos convencidos de que el mayor beneficiario de la integración sería el mercado peruano por su tamaño”.

De hecho, Stenning reveló que, desde el mes de julio en que se hizo más evidente el proceso de integración, el volumen negociado en la BVL se había incrementado notablemente e incluso se registraba la llegada de muchos inversionistas de fuera, especialmente chilenos. “El mercado reaccionó positivamente a la noticia desde julio… veremos cómo toma esta nueva situación”, comentó.

LA SALIDA

El presidente de la Comisión de Economía, Rafael Yamashiro, solicitó al presidente del Congreso, César Zumaeta, que se amplíe la agenda y se priorice el debate de la mencionada ley en la Comisión Permanente del Congreso. Antes de eso, se debe autorizar la dispensa del trámite de comisión en la junta de portavoces. “Eso lo estamos coordinando”, dijo Yamashiro.

El último recurso es que el Ejecutivo convoque a una legislatura extraordinaria para aprobar esta norma porque, más allá de que a mí me parezca que se puede aprobar por decreto de urgencia, en el MEF tienen sus dudas”, explicó. El Comercio no logró comunicarse con representantes del MEF.

MÁS DATOS

Los miembros fujimoristas, nacionalistas y de Alianza Nacional de la Comisión de Economía estaban de acuerdo con aprobar la norma.

Las bolsas de Chile y Colombia y sus respectivas cajas de liquidaciones (equivalentes a Cavali) han apoyado por escrito la decisión de la bolsa limeña.

De acuerdo con lo expresado por el gerente general de la BVL, Francis Stenning, la demora y el riesgo consecuente no afectan únicamente a los inversionistas especializados en el mercado de capitales, sino también –por efecto de precios– a todas aquellas personas que aportan de manera obligatoria o voluntaria a una AFP o a un fondo mutuo.


Pintura por Rembrandt.

martes, 14 de diciembre de 2010

Proyectos a cambio de impuestos



El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informó este lunes que las empresas privadas pueden ejecutar proyectos de infraestructura pública por 300 millones de nuevos soles bajo el esquema establecido en la Ley de Obras por Impuestos, que permitirá realizar obras a cuenta del pago del Impuesto a la Renta.

“La cantidad de obras a ejecutarse el próximo año depende de que las empresas y los gobiernos locales o regionales se pongan de acuerdo en la priorización de las obras y realizar los procedimientos que se deben hacer”, sostuvo Ismael Benavides, ministro de Economía y Finanzas.

Indicó que los gobiernos regionales y locales tienen visto casi 500 proyectos ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión) para que se ejecuten bajo ese mecanismo, y que hasta el momento más de 50 empresas evalúan los proyectos que podrían apoyar.

La Ley de obras por impuesto
Cabe recordar que el MEF publicó semanas atrás una modificación al reglamento de la ley con la finalidad de agilizar los trámites y procedimientos, así como mejorar los límites de las obras que se pueden ejecutar bajo este mecanismo.

“El Poder Ejecutivo está haciendo un gran esfuerzo al poner a disposición de los gobiernos regionales un monto superior a 4,000 millones de soles y cerca de 12,500 millones para las municipalidades”, indicó.

La Ley de Obras por Impuestos recibirá la máxima priorización del gobierno durante el 2011, teniendo en cuenta que las nuevas autoridades regionales y municipales asumirán sus cargos a partir del primero de enero, según Ismades.

“Han habido pocas obras ejecutadas bajo este mecanismo y por eso estamos haciendo este relanzamiento, aprovechando que es fin de año y el inicio del período de regularización del Impuesto a la Renta hasta el primer trimestre del 2011”, advirtió.

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Pintura: "La Primera Mirada" (2005) por Ramiro Llona.

viernes, 10 de diciembre de 2010

La Sunat demanda a empresa que distribuyó notificaciones

Fuente: El Comercio

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) informó que ha demandado a la empresa que brindaba servicios de entrega rápida durante los años 2008 y 2009.

Voceros del ente recaudador afirmaron que se denunció a tal empresa ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

Prefirieron mantener en reserva el nombre de la firma debido a que tales procesos están en curso.

En la Sunat recalcaron también que los fallos en el sistema de envíos de notificaciones solo se produjeron en los años 2008 y 2009. Descartaron incidencias durante este año.

A raíz de este problema hemos replanteado el sistema de entregas de notificaciones. Ahora son alcanzadas a los contribuyentes mediante correo electrónico al buzón del sistema on line (SOL) de Sunat, por mensajes de texto al celular del contribuyente, directamente por funcionarios de la entidad, un servicio motorizado tercerizado dirigido a los principales contribuyentes y llamadas telefónicas”, explicaron.

La Sunat espera entregar 12 millones de notificaciones. “De dicho total, se entregarán 3,5 millones por courier”, precisaron.

EN LIMA Y CALLAO
Los voceros de Sunat informaron que los problemas con las notificaciones de los años 2008 y 2009 ocurrieron en Lima y el Callao.

Especialistas tributarios dieron cuenta de que una cantidad no definida de contribuyentes planteó quejas ante el Tribunal Fiscal contra Sunat, por sanciones originadas en notificaciones no recibidas.

Pintura: "The Misunderstood" por Man Ray.

jueves, 9 de diciembre de 2010

Sunat inició miles de cobranzas coactivas sin enviar notificación

Fuente: El Comercio

Por: Alberto Limache

Un serio problema se ha presentado con un número aún no determinado de contribuyentes, principalmente pequeñas y microempresas. Especialistas tributarios dieron cuenta de que se están realizando reclamos masivos contra las cobranzas coactivas de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), originadas en notificaciones que los contribuyentes no recibieron.

Los abogados explicaron que la Sunat creyó haber entregado notificaciones y como no recibió respuesta, inició procesos de cobranza coactiva.

Los casos se produjeron entre el 2008 e inicios del presente año, generando reclamos ante el Tribunal Fiscal. A la fecha, un 80% de los reclamos en el Tribunal Fiscal está relacionado a tal problema.

ALEGATOS

El tributarista Miguel Ángel Torres, del Estudio Torres y Torres Lara, afirmó que en este año se ha realizado, ante el Tribunal Fiscal, una cantidad no precisada de reclamos con un alegato común: “[Los contribuyentes] dicen que nunca fueron notificados o no sabían nada”.

Cabe indicar que la Sunat notifica a los contribuyentes para corregir errores en la presentación de información, o cuando estos han cometido alguna infracción.

Los contribuyentes tienen 20 días hábiles para subsanar la falta, o presentar sus descargos.

EN EL TRIBUNAL

El tributarista Torres explicó que en las confrontaciones ante el Tribunal Fiscal, la Sunat no pudo certificar –mediante un cargo físico– que efectivamente se realizaron tales notificaciones. “Ello indica que el aviso nunca se hizo llegar al contribuyente, es decir, que existe un problema en la distribución física de tales documentos”, explica.

Respecto a ello, voceros de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) confirmaron que efectivamente ello sucedió. Indicaron que la Sunat informó sobre este problema a sus asociados en el 2008.

LÍOS DE COURIER

Voceros de la Sunat admitieron que, efectivamente, se presentaron problemas en las notificaciones del 2008, 2009 y parte del presente año.

En muchos casos, afirmaron, se descubrió que la empresa courier contratada ni siquiera había visitado a los contribuyentes, o falsificaron firmas.

“En otros casos, las empresas que se contrataron en aquella oportunidad demoraban hasta 8 meses en entregarnos los cargos, es decir, el documento con firma y DNI del contribuyente que asegure que se le informó”, precisaron.

En la Sunat atribuyeron este problema a que el Sistema de Contrataciones del Estado obliga a que los entes públicos contraten a quien ofrezca el menor precio. “Recién a inicios de este año, hemos contratado a un proveedor especializado en notificaciones”, señalaron.

Aseguraron que se ha iniciado el ajuste de las notificaciones sin cargo, y desde noviembre, todas están confirmadas.

Pese a ello, queda pendiente el problema de los dos años previos. “Podemos afirmar que se han regularizado 410.000 casos, evitando que muchos lleguen al Tribunal Fiscal”, explicaron.

ESPECIALISTAS

Mónica Byrne, tributarista del Estudio Rubio Leguía Normand, afirmó que resultaría grave confirmar casos de falsificación de firmas o dolo de información en este proceso. “La notificación ideal es la que tiene un acuse de recibo real”, afirmo.

Por su parte, Luis Castro, director del Instituto Peruano Contable y Tributario, afirmó que este problema también afecta a otras entidades tributarias, como las municipalidades.

PARA TENER EN CUENTA

Recomendaciones

1 Clave SOL

Todos los contribuyentes tienen un correo electrónico asignado a su cuenta en el Sistema On Line (SOL) de la Sunat, que debe ser verificado frecuentemente. Sunat usualmente replica sus notificaciones físicas por esta vía.

2 Oportunidad

El tributarista Luis Castro sugiere a los contribuyentes actuar inmediatamente ante una comunicación de la Sunat, sea justificada o no. Solo se tienen 20 días para defenderse ante una posible multa.

3 Importancia

El tributarista Miguel Ángel Torres explica que muchos casos reclamados se deben a que los contribuyentes no le dieron importancia a las comunicaciones de la Sunat. “Todo pedido del ente recaudador es importante”, afirma.

4 Recepción

La tributarista Mónica Byrne recordó que en las entregas de la Sunat ahora se toman datos de quien las recibe en el domicilio fiscal del contribuyente, así sea el dueño del negocio o del conserje del local.

Fotografía por Man Ray.

miércoles, 1 de diciembre de 2010

Renta neta y gasto vehicular

Fuente: El Comercio

Por: Humberto Medrano Abogado

Socio del estudio Rodrigo, Elías & Medrano

Para establecer la renta neta sobre la que debe pagarse el impuesto, la ley solo permite rebajar de la renta bruta los gastos necesarios para producirla y mantener su fuente, en tanto no exista prohibición expresa.

Entre ellos, pueden deducirse los de combustible, depreciación, seguro y mantenimiento generados por los automóviles de la empresa destinados a los fines propios de su giro (cobradores, vendedores, etc.). En cambio, no se admiten los cargos incurridos por los asignados a sus funcionarios, si éstos los utilizan para propósitos personales, pues no se cumple con el principio de causalidad.

Hasta el menos atento de los lectores puede percibir que es sumamente complejo probar el uso específico que se otorga a cada uno de los vehículos de una compañía. Por eso, hace algún tiempo la ley ha restablecido ciertas restricciones en este campo (ya existieron en el pasado). Así, en el caso de los automóviles (categorías A2, A3 y A4), usados por los ejecutivos para las actividades de dirección, representación y administración de la sociedad, solo se aceptan los gastos correspondientes a un número entre uno y cinco, según la menor o mayor facturación de la empresa.

Nótese que la prohibición de descontar la depreciación de los autos que superan el número permitido solo implica el diferimiento de este derecho. En efecto, si los vehículos no se deprecian, es claro que su costo computable para fines tributarios siempre será el precio en que se compraron, lo que, obviamente, no impide que en la realidad sufran deterioro o se vuelvan obsoletos.

Por lo tanto, luego de varios años de uso tienen que venderse por su valor de mercado, que siempre será una suma considerablemente menor a la de compra. Ello produce una pérdida que, de acuerdo con la ley, puede deducirse de la renta bruta.

De tal manera que el cargo que no se permitió a lo largo de varios años puede efectuarse en su totalidad al enajenar los vehículos.

Es importante destacar que las limitaciones señaladas solo se aplican tratándose de automóviles. Ello significa que no existe ningún impedimento para descontar los gastos incurridos respecto de vehículos de categorías distintas a las indicadas.

Así ocurre, por ejemplo, con los generados por las camionetas 4×4 que siempre son deducibles, en la medida –por supuesto– que estén destinadas a las actividades de la empresa.

Pintura por Fernando de Szyszlo.